Las enseñanzas artísticas se movilizan para que sus estudios sean universitarios


La Plataforma por la Integración de las Enseñanzas Artísticas Superiores en la Universidad convoca una jornada de reivindicación en toda España este miércoles 27 de abril de 2016. La Plataforma propone desarrollar una acción conjunta en todo el país en la que cada una de las entidades participantes (centros educativos o asociaciones profesionales) realice un pequeño acto en el que se muestre su adhesión al manifiesto 'Somos Universidad'. Los convocantes persiguen la regulación de los procesos de adscripción a la universidad de los centros de EEAASS. Así mismo, comunican que continúa la recogida de firmas en la plataforma Change.org en apoyo de esta iniciativa.

La organización no propone un tipo concreto de acto, aunque sugiere que en cada uno de los que se celebren en todo el país se proceda a la lectura pública del manifiesto y que todas las acciones realizadas se difundan en prensa y redes sociales con anterioridad y posterioridad. Pide también que se envíen fotos y comentarios a la dirección de correo electrónico plataformaeeaass@gmail.com o al twitter @plataformaEEAAS. Se subraya la importancia de la participación del alumnado, como parte más perjudicada por la actual situación.


MANIFIESTO DE ABRIL DE 2016 - SOMOS UNIVERSIDAD

Diferentes asociaciones, organizaciones sindicales y profesionales, colectivos, foros y grupos de
trabajo agrupados en torno a la Plataforma por la Integración de las EEAASS en la Universidad,
convocan una jornada de acciones reivindicativas en toda España para demandar de las administraciones competentes la incorporación de las Enseñanzas Artísticas Superiores a la
Universidad en aquellos centros públicos de Enseñanzas Artísticas Superiores que así lo demanden,
reclamando además que ese proceso se inicie de forma inmediata en el curso escolar 2016-2017.

La Plataforma entiende, a la vista de los últimos acontecimientos, que en el actual Congreso de las
diputadas y diputados existe una mayoría favorable a esa medida, y valora muy positivamente que
todas las fuerzas parlamentarias, con la excepción del Partido Popular y la abstención del Partido
Nacionalista Vasco, se hayan pronunciado a favor de esta incorporación; pero también entiende que
el proceso ha de ponerse en marcha de forma inmediata, evitando que la creación de comisiones y
grupos de trabajo se convierta en una maniobra dilatoria, toda vez que los procesos de adscripción
ya están previstos en la legislación vigente. Al mismo tiempo lamentamos que el Partido Popular,
que en su programa electoral de 2008 reclamaba la incorporación de las EEAASS a la Universidad,
renuncie ahora a esa medida y se oponga a ella, por razones que no han sido nunca explicadas,
aunque entre ellas pueda estar la proliferación de títulos en la Universidad privada.

La Plataforma valora que los procesos que se han dado hasta ahora para generar un nuevo marco
para estas enseñanzas acorde con el Espacio Europeo de Educación Superior, tales como la creación
de Institutos Superiores de Enseñanzas Artísticas, no han tenido los resultados que debieran de
cara a una homologación efectiva de estas enseñanzas en dicho marco, se han mostrado ineficaces y
suponen un dispendio económico. Asimismo, desde la Plataforma entendemos y así lo hemos
expuesto y razonado sin que se nos haya contradicho, que soluciones como las propuestas,
“universidades de las artes” no son viables en casi ninguna comunidad autónoma del Estado por
carecer del volumen de alumnado que justifique la creación de nuevas estructuras universitarias.

Por ello defendemos que la vía para lograr el pleno desarrollo de estas enseñanzas y de los centros
que las imparten, y que sea posible en un plazo razonable de tiempo, es la integración en la
Universidad, con los períodos de adscripción transitoria que en cada caso se contemplen.

Para iniciar este proceso reivindicamos que, desde las administraciones, bien por iniciativa propia,
bien a instancia del legislativo, y con el consenso de la mayoría parlamentaria estatal que apoya la
adscripción, se elabore con carácter inmediato una norma básica que unifique las diferentes
interpretaciones que de la norma existente se están dando, toda vez que la actual ya permite que se
inicien los procesos de adscripción. Entendemos que esta norma básica ha de satisfacer las
siguientes demandas:

• Los Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas podrán incorporarse al sistema
universitario español mediante el correspondiente convenio de adscripción a una
Universidad. Según los casos, el convenio establecerá asimismo el carácter transitorio de la
adscripción y su duración, cuando ésta tenga carácter previo a la plena integración.

• La adscripción de los Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores a las universidades
correspondientes se realizará atendiendo a criterios geográficos, académicos o de tradición
educativa. Las administraciones educativas, en el uso de sus competencias sobre
organización universitaria, dispondrán la vía que resulte más idónea atendiendo a estos
criterios.

• Los centros, a través de las universidades a que estén adscritos, presentarán una memoria
por cada una de las titulaciones que tengan implantadas, o en proceso de implantación,
ante la agencia autonómica de calidad y acreditación, o en su defecto ante la ANECA, para
los efectos de su autorización, y la inscripción de los correspondientes títulos de grado en
el catálogo de títulos de la Universidad que los presente.

• Los centros adscritos, a través de la Universidad de adscripción, podrán presentar
memorias de verificación relativas a estudios específicos de posgrado (máster y
doctorado), con la finalidad de posibilitar la formación investigadora del alumnado que
concluya los estudios de grado.

• De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, los
centros adscritos adaptarán sus normas de funcionamiento a la normativa universitaria,
dotándose de todos aquellos documentos normativos que proceda y que habrán de ser
aprobados por los órganos competentes de la Universidad, y en su caso por el
departamento que en la comunidad autónoma ostente las competencias en materia
educativa, según se haya establecido en el convenio de adscripción.

• En tanto las Enseñanzas Artísticas Superiores son estratégicas en el desarrollo del sistema
educativo y cultural, los procesos de enseñanza y aprendizaje deben mantener el carácter
individualizado que en este momento poseen, por lo que se garantizan las actuales ratios
profesorado/alumnado establecidos en el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo.

• Desde el momento de la adscripción, y de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica
4/2007, el alumnado de los centros superiores adscritos tendrá la condición plena de
alumnado universitario.

• Durante el período de adscripción el procedimiento de acceso a las enseñanzas adscritas
seguirá las pautas establecidas en los reales decretos de referencia.

• Para promover la optimización de medios y recursos atendiendo a los principios de
calidad, eficacia y eficiencia, y de acuerdo con el mapa de centros y titulaciones que resulte
del proceso de adscripción, las administraciones educativas podrán considerar centro
educativo, a los efectos de organización, gestión y administración, la agrupación de centros
públicos ubicados en un ámbito territorial determinado, tal y como se establece en el
artículo 107.5 de la Ley Orgánica 2/2006, no modificado por la Ley Orgánica 8/2013.

• En los casos en que proceda, la administración educativa de cada Comunidad Autónoma
arbitrará el proceso para establecer los cuadros de personal objeto de adscripción en cada
centro.

• En cualquier caso, la adscripción no supondrá merma de derechos consolidados para el
personal docente y de administración y servicios.

• En el catálogo de áreas de conocimiento, habrá de considerarse la creación de aquellas que
son propias de las Enseñanzas Artísticas Superiores y que no existan en el catálogo actual.
Igualmente en cada centro se creará, como mínimo, un departamento específico para cada
una de las áreas.

• A los efectos de facilitar la integración de las Enseñanzas Artísticas Superiores dentro del
Sistema Español de Ciencia y Tecnología, y el desarrollo de la actividad investigadora que
les es propio, así como de facilitar el desarrollo de líneas de investigación específicas en los
centros y programas de doctorado, el profesorado podrá solicitar sexenios de
investigación. La ANECA y las Agencias autonómicas establecerán un procedimiento
específico para atender este proceso.

• Las comunidades autónomas, en colaboración con las universidades, favorecerán la
creación de un número suficiente de nuevos grupos de investigación en los centros
mediante convocatorias específicas, con la finalidad de conformar unidades que puedan ser
competitivas a medio plazo.

• Durante el período de adscripción las comunidades autónomas y las universidades podrán
establecer, mediante correspondiente convenio, los acuerdos necesarios para la
transferencia de personal, infraestructuras, equipamientos y otros bienes, así como los
plazos para dotar a los centros de los medios y recursos que procedan en función de su
integración en el espacio europeo de educación superior.
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